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Desde este viernes aplicarán segunda dosis Pfizer a adolescentes con comorbilidades

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El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social recuerda que la franja etaria de 12 a 17 años con enfermedades de base, podrán completar el esquema de vacunación  con la Pfizer este viernes 13 de agosto, en los vacunatorios habilitados.

La aplicación de la segunda dosis de la vacuna anticovid a adolescentes será sin tener en cuenta la terminación de cédula, sin embargo es imprescindible llevar el documento de identidad, carnet de vacunación y el acompañamiento de un adulto responsable.

El carnet de vacunación es para corroborar la fecha de su primera dosis, recalca la institución.

Los horarios de atención de cada centro vacunatorio serán actualizados en la página del ministerio www.vacunate.gov.py

Para la ocasión, ya no se requerirá el certificado médico que indique la enfermedad del adolescente, la fotocopia del certificado de nacimiento, libreta de familia ni resolución judicial de la guarda, ni el acompañamiento de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, pero sí es fundamental el acompañamiento de un adulto responsable.

La cartera sanitaria aclara que los hospitales Pediátrico «Niños Acosta Ñu» y Clínicas aplicarán la segunda dosis a adolescentes vacunados en estos centros, solamente este viernes 13 de agosto. Quienes no puedan acudir ese día, deberán ir a otros vacunatorios designados, desde el lunes 16 de agosto.

Para los que se aplicaron la primera dosis en el Pediátrico «Niños Acosta Ñu», podrán recibir la segunda dosis en el Centro Vacunatorio contra covid-19 de Capiatá (km. 26). Mientras que para los que recibieron la primera dosis en el Hospital de Clínicas, se aplicará segunda dosis en el Shopping Pinedo.

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Vacunas contra influenza y covid-19 son gratuitas y evitan propagación de enfermedades infecciosas

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La aplicación de las dosis contra la influenza y el covid-19, no solo reduce el riesgo de contagio a grupos más vulnerables como los adultos mayores, sino que contribuye positivamente a la salud pública, al controlar la propagación de enfermedades infecciosas.

El Ministerio de Salud resalta que ambas dosis son seguras, gratuitas, protegen de enfermedades respiratorias y pueden ser aplicadas de manera simultánea en cualquier vacunatorio del país.

La doctora Vivian Pérez, integrante de la Sociedad Paraguaya de Medicina Interna, insta a los adultos en edad laboralmente activa a aprovechar la oportunidad de protegerse y proteger a sus seres queridos mediante la vacunación contra la influenza y el covid-19.

“El segmento de población adulta es sumamente importante porque es laboralmente activa y puede contagiar en sus lugares de trabajo o llevar la enfermedad a las casas. Es importante ser conscientes del rol que ejerce esta persona adulta en su entorno familiar y laboral”, expresó

Impacto positivo en entorno laboral y familiar

La importancia de esta medida radica en que al recibir ambas dosis no solo se reducen las posibilidades de enfermedades graves, sino que también se limita la transmisión de virus en espacios de trabajo y hogares, salvaguardando así a niños, personas mayores y otros miembros de la comunidad.

Paraguay está a la vanguardia en la lucha contra la covid-19 y la temporada de gripe, con la disponibilidad de vacunas actualizadas y gratuitas.

La vacunación simultánea fue promovida desde la llegada de las vacunas contra el covid-19 de Moderna y las cuadrivalentes antigripales, como una estrategia efectiva para abordar la co-circulación de ambas enfermedades.

Protección contra cuatro cepas de la enfermedad

En cuanto a la protección contra la influenza, arribaron al país las vacunas cuadrivalentes antigripales de procedencia francesa, que brindan una protección más amplia cubriendo cuatro cepas de la enfermedad.

Es importante señalar que ambas vacunas covid + influenza pueden ser aplicadas de manera simultánea. En esta temporada ambas enfermedades podrían co-circular y además podrían darse casos de infección simultáneas.

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Consejo Superior Universitario aprueba puntos acordados con el Ejecutivo para reglamentación de la Ley Hambre Cero

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El Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) resolvió ayer en su sesión extraordinaria “Aprobar la propuesta del Decreto Reglamentario de la Ley 7.264/2024 Que crea el Fondo Nacional de Alimentación Escolar para la Universalización Equitativa de la Alimentación Escolar (Hambre Cero en las Escuelas y Sistema Educativo)”, además de “levantar el cuarto intermedio de Sesión Extraordinaria del 9 de abril de 2024”.

En cuanto al primer punto contempla la reglamentación del inciso b) del artículo 9° de la Ley Nº 7.264/2024 de fecha 5 de abril de 2024, donde se blindan los fondos asignados para el Arancel Cero. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a realizar las modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio Fiscal 2024, necesarias para el cumplimiento del presente reglamento”.

Acuerdan que los créditos presupuestarios asignados en los términos definidos en la Ley N° 7.264/2024 a las Universidades Públicas del país, el Instituto Superior de Bellas Artes, el Instituto Nacional de Educación Superior, Institutos de Formación Docente, dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias, y el Instituto Nacional de Salud, serán considerados gastos prioritarios y su transferencia deberá no ser inferior al 100% (cien por ciento)”.

Otro punto es que los Planes Financieros Institucionales de las Universidades Públicas del país, el Instituto Superior de Bellas Artes, el Instituto Nacional de Educación Superior, Institutos de Formación Docente, dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias, y el Instituto Nacional de Salud, elaborados a partir de los fondos asignados en virtud a la Ley Nº 7.264/2024, deberán ser programados y aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en un 100% (Cien por ciento) de los montos asignados en el Presupuesto General de la Nación para cada ejercicio fiscal y no deberán ser objeto de topes ni recortes presupuestarios”.

También se incluye asignar el Plan de Caja mensual aprobado para estas instituciones; y que el Ministerio de Economía y Finanzas realice la migración mensual de saldos no ejecutados de meses vencidos de las instituciones mencionadas.

El Consejo Superior Universitario también autorizó, por Resolución Nº 0202-00-2024, a la rectora y presidenta la presentación de la propuesta aprobada por el Consejo Superior Universitario, al Ministerio de Economía y Finanzas e instancias pertinentes.

Encomendó a la mesa de diálogo, integrada por miembros del Consejo Superior Universitario y presidentes de Centro de Estudiantes, a trabajar de manera inmediata con investigadores y autoridades nacionales, en una propuesta desde la Universidad Nacional de Asunción, que garantice el financiamiento de los demás programas afectados por la derogación del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI).

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Padres y madres morosos no podrán acceder al registro de conducir

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El Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, la Corte Suprema de Justicia y la OPACI comunicaron que a partir de hoy, jueves 11 de abril, se hará efectiva la Ley N° 5415/15 en todos los municipios del país, vinculando la información del Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM al banco de datos de las municipalidades.

Esta acción implica que madres y padres morosos, registrados en el REDAM, no podrán acceder a la provisión del registro de conducir otorgado por los municipios.

«Deudor alimentario moroso» es la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicialmente homologado, que incurriera en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alternadas. A través de la Ley N° 5415/15 se crea el REDAM, como mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario.

Desde el Ministerio de la Niñez apelan a una maternidad y paternidad responsables para garantizar el derecho alimentario, fundamental para el crecimiento armónico e integral de niñas, niños y adolescentes.

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