Nacionales
En Paraguay, 1.700.000 trabajadores asalariados accederán al cobro de aguinaldo

Aproximadamente 1.700.000 trabajadores asalariados del sector público como privado, tienen derecho a recibir el aguinaldo antes del 31 de diciembre, conforme lo estipula el artículo 243 del Código Laboral, refieren datos de la Dirección del Observatorio Laboral del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
La cartera ministerial informa que en la página web de la institución se encuentra disponible la Calculadora de Aguinaldos, a la que se puede acceder desde esta dirección: www.mtess.gov.py, pestaña Servicios, luego a Calculadora de Aguinaldos, donde el interesado debe seleccionar si es salario constante o variable y posteriormente ingresar todo lo percibido mensualmente en el año y finalmente, hacer un clic en consultar y listo.
En ese marco, el MTESS menciona las 10 preguntas más frecuentes sobre esta remuneración anual complementaria y la primera se refiere a quiénes tienen derecho a cobrar el aguinaldo.
En este punto, indica que todos los trabajadores en relación de dependencia (formal e informal) del sector público y privado tienen derecho a cobrar aguinaldo.
En cuanto a la manera en que se calcula el monto a ser percibido por el asalariado, se menciona que debe sumarse todo lo que el trabajador percibió durante el año, incluyendo salarios, horas extras, comisiones u otros, dividido 12, que son los doce meses del año.
Si un trabajador trabajó menos de 12 meses en el año, igual le corresponde el aguinaldo proporcional por el periodo trabajado.
Beneficios que se excluyen del cálculo
El Ministerio de Trabajo refiere que se excluyen del cálculo del aguinaldo la bonificación familiar, permiso por maternidad, viáticos y reposos médicos.
Así también, señala que la fecha tope para el pago del aguinaldo debe ser antes del 31 de diciembre de cada año, tal como establece el artículo 243 del Código Laboral.
Referente a si las empresas pueden fraccionar el pago del aguinaldo, la cartera ministerial remarca que esta práctica no está regulada, pero se puede fraccionar siempre y cuando sea con acuerdo del trabajador y se pague la totalidad, antes del 31 de diciembre.
Respecto a si el trabajador que emite factura tiene derecho a cobrar dicha remuneración, el Ministerio de Trabajo indica que si emite dicho documento, pero existe un vínculo de subordinación o dependencia con su empleador, puede que se trate de un caso simulación o relación laboral encubierta, por tanto, le corresponde cobrar aguinaldo.
Así también explica que no corresponde el pago de aguinaldo para los trabajadores independientes, es decir, a aquellos que no tienen una relación de subordinación laboral directa, sino que prestan servicios específicos, generalmente con pago por proyecto o trabajo realizado.
El aguinaldo puede sufrir descuentos o embargos?
Por otro lado, el Ministerio de Trabajo remarca que el artículo 245 del Código Laboral establece que el aguinaldo es inembargable.
Esto significa que no puede sufrir ningún tipo de descuento y debe ser abonado en su totalidad; tiene un carácter monetario, por lo cual no puede pagarse con vales de compras, canastas de alimentos, días libres ni con ningún otro tipo de beneficio, sino en dinero.
Falta de pago de aguinaldo o descuentos irregulares pueden ser denunciados
Las denuncias pueden realizarse en la sede central del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en Herrera y Paraguarí, de Asunción, o en todas las Oficinas Regionales de Trabajo, de lunes a viernes, de 07:00 a 15:00 horas.
También se puede llamar al teléfono (021) 729-0100 o escribir al WhatsApp (0993) 308- 100. La denuncia puede ser nominal o anónima.
En cuanto a si debe contratar un abogado para denunciar incumplimiento del derecho al aguinaldo, la institución remarca que los servicios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social son completamente gratuitos y no se requiere contar con un abogado para ese efecto.
En caso de no comparecencia de la patronal, se remite el caso a Fiscalización. La falta de pago del aguinaldo es pasible de multas de entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador vulnerado en su derecho.
Nacionales
Peña tomó juramento a nuevos embajadores ante Taiwán y Türkiye
Este lunes se realizó en el Palacio de Gobierno el acto de juramento de los embajadores paraguayos ante la República de China (Taiwán) y la República de Türkiye, respectivamente.
El presidente de la República, Santiago Peña tomó el juramento correspondiente a los diplomáticos que cumplirán misión ante la República de China (Taiwán) y la República de Türkiye, respectivamente.
Se trata de Cirilo Guillermo Sosa Flores, como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República del Paraguay ante la República de Türkiye.
Así como Darío Filártiga Ruíz Díaz, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República del Paraguay ante la República de China (Taiwán).
Entre sus ejes prioritarios, Filártiga habló de la importancia de continuar reforzando los vínculos con Taiwán en diversos aspectos como el área educativa y económica.
“Taiwán es un mercado que hay que cuidar y aumentar. En estos momentos somos el primer mercado de la carne porcina de Taiwán, es decir estamos exportando mucho cerdo de buena calidad”, expresó en declaraciones a la prensa.
Vale mencionar que la ceremonia tuvo lugar en el Salón Independencia del Palacio de Gobierno, donde estuvieron presentes también el vicepresidente de la República, Pedro Alliana, el titular de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, el presidente del Congreso, Basilio Núñez, el ministro de Relaciones Exteriores, Rubén Ramírez Lezcano y otras autoridades nacionales e invitados especiales.
Nacionales
Ministro insta a directores a reportar provisión de Hambre Cero para evitar suspensión temporal del servicio

El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, instó a los directores de escuelas a reportar las raciones diarias recibidas a través del programa de alimentación escolar Hambre Cero, ya que, conforme a una resolución el Consejo Nacional de Alimentación Escolar (Conae), la falta de reporte puede derivar en la suspensión temporal del servicio.
En conversación con medios radiales, el ministro Rojas explicó este viernes que el reporte que deben hacer los directores a través del Registro Único del Estudiante, donde informan la cantidad de platos servidos diariamente en su escuela, es un paso clave para cerrar el proceso administrado que permite realizar los pagos a los proveedores del programa de alimentación escolar.
«Hay un altísimo número de falta de reporte por parte de los directores de las instituciones, ellos deben certificar la recepción de la comida porque no hay otro mecanismo», dijo.
Refirió que al advertirse esta necesidad de cierre para los procesos administrativos y habiendo agotado las instancias, el Conae decidió emitir esta semana una resolución, «no con el ánimo de generar un conflicto sino una concienciación y sentido de responsabilidad, de manera que los directores hagan ese trabajo, se pueda cerrar los procesos y hacer los pagos correspondientes».
La resolución del Conae, emitida el martes último, establece que el servicio de alimentación escolar Hambre Cero será suspendido temporalmente en aquellas instituciones educativas cuyo director o encargado de despacho no haya cumplido con la carga del reporte de recepción de raciones en el RUE.
Aclara que la carga del reporte de recepción de raciones se debe realizar diariamente y que en casos excepcionales se permitirá la carga hasta cinco días posteriores a la entrega de las raciones. «Transcurrido ese tiempo sin haberse producido la carga, el administrado de contratos procederá a suspender la provisión del servicio, hasta tanto sea subsanada dicha situación», indica parte de la resolución.
El ministro Rojas explicó que esta resolución abarca a las más de 7.000 instituciones educativas beneficiadas con el programa en todo el país, pero aclaró que hasta el momento el servicio se sigue proveyendo con normalidad, pese a que algunas empresas que no están cobrando.
«Es un poco una medida persuasiva (a los directores) porque nosotros tenemos que pagarles a los proveedores que hacen el servicio», acotó.
Nacionales
Peña designa interventores para las municipalidades de Ciudad del Este y Asunción

El presidente de la República, Santiago Peña, firmó los decretos N° 4058 y N° 4059, que dispone la intervención de las municipalidades de Ciudad del Este, en el departamento de Alto Paraná, y de Asunción, capital del país, respectivamente.
A través del Decreto N° 4058, el Ejecutivo resolvió intervenir la Municipalidad de Ciudad del Este tras el acuerdo constitucional otorgado por la Cámara de Diputados, conforme a la Resolución N° 3289 del 11 de junio de 2025.
En cumplimiento del artículo 165 de la Constitución Nacional y la Ley N° 317/1994, se designó como interventor a Ramón Isidoro Ramírez Caballero, quien asumirá la responsabilidad de conducir el proceso de intervención en dicho municipio.
Por medio del Decreto N° 4059, Peña también dispuso la intervención de la Municipalidad de Asunción, tras la Resolución N° 3290 de la Cámara de Diputados. A tal efecto, fue designado como interventor Carlos Alberto Pereira Olmedo, quien tendrá a su cargo la revisión y fiscalización de la gestión municipal en la capital del país, de acuerdo con la normativa vigente.
Fundamentación Legal
Ambas intervenciones se amparan en el artículo 165 de la Constitución Nacional y la Ley N° 317/1994, que regula la intervención a los gobiernos departamentales y municipales, y se fundamentan en los acuerdos constitucionales otorgados por la Cámara de Diputados.
Esta decisión del Ejecutivo busca garantizar la transparencia y el correcto funcionamiento de las administraciones municipales, en cumplimiento de las atribuciones constitucionales del presidente de la República.
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