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Nacionales

Dani Alves es condenado a 4 años y 6 meses de cárcel por violar a una joven en una discoteca de Barcelona

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La sentencia considera que ha quedado acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación.

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a 4 años y 6 meses de cárcel al futbolista Dani Alves por la violación a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona la madrugada del 31 de diciembre de 2022. El tribunal considera acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del propio testimonio de la denunciante, para entender probada la violación y, por tanto, la comisión del delito de agresión sexual.

Además de la pena de prisión, la Audiencia condena a Alves a 5 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel, así como a indemnizar a la víctima con 150.000 euros por el daño moral y las lesiones sufridas y a una multa total de 9.000 euros por un delito leve de lesiones. Asimismo, le impiden comunicarse con la denunciantes por cualquier medio y acercarse a ella a menos de 1.000 metros, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat).

En su sentencia, el tribunal de la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona que “el tribunal considera probado que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir” del baño privado de la discoteca Sutton donde ocurrieron los hechos. Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.

La resolución explica que “para la existencia de agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales”. Y precisa que “en el presente caso nos encontramos además con unas lesiones en la víctima que hacen más que evidente la existencia de violencia para forzar su voluntad, con el subsiguiente acceso carnal que no viene negado por el acusado”.

Sobre la declaración de la joven denunciante, el tribunal, señala en la sentencia, que “ha alcanzado la convicción sobre los hechos al haber valorado positivamente la declaración testifical en el acto del juicio oral de la víctima, conjuntamente con otras pruebas que corroboran su relato”. Los magistrados consideran que, en el núcleo esencial de su declaración, la víctima ha sido “coherente y especialmente persistente, no sólo a lo largo de la instrucción de la causa, sino también en el plenario sin que se evidenciase en el interrogatorio la concurrencia de contradicción relevante en relación a lo previamente declarado por ella en instrucción”.

En la resolución los magistrados apuntan a varias “corroboraciones periféricas que apuntalan la versión de la denunciante en lo referido a la penetración vaginal no consentida”. Entre ellas, mencionan la existencia de lesiones en la rodilla de la víctima, su estado de ansiedad inmediatamente después de los hechos y la existencia de secuelas en la joven.

El juicio al futbolista Dani Alves acusado de agredir sexualmente a una joven en la discoteca Sutton ha quedado visto para sentencia este miércoles en la Audiencia de Barcelona, y la defensa del jugador ha pedido que quede libre a la espera de sentencia.Infobae.

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BCP reglamenta pagos con QR en Paraguay buscando fomentar la interoperabilidad

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El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el “Reglamento del estándar de generación de QR para pagos electrónicos en el Paraguay”, normativa que constituye paso fundamental para fomentar la interoperabilidad en el ecosistema de pagos, que además permitirá la promoción de una sociedad más digital y competitiva.

El reglamento establece la obligación de que todos los Proveedores de Servicios de Pagos (PSP) que procesan pagos con QR adopten el estándar QR basado en EMV® QRCPS. Esta decisión

La estandarización de los códigos QR establece prácticas de seguridad comunes y promueve una adopción más fluida y eficiente de los pagos electrónicos, permitiendo a los usuarios disfrutar de una mejor experiencia de pago y promoviendo la competencia y la innovación en el sector de los servicios financieros.

La necesidad de reglamentar los pagos electrónicos con QR radica en evitar que en el mercado se desarrollen estándares distintos que obstaculicen la interoperabilidad y que no se ajusten a las mejores prácticas internacionales en cuanto a seguridad y eficiencia.

En este sentido, la normativa establece que todos los PSP, sean o no supervisados por el BCP, y que ofrezcan servicios de pagos basados en QR deberán generar los códigos QR basados en el estándar EMV® QRCPS, siguiendo la Guía de Implementación que será emitida por el BCP.

Para la adopción del estándar, la reglamentación establece un plazo de adecuación hasta el 30 de junio de 2025. La resolución se encuentra disponible en la página web en el siguiente enlace.

De esta manera, el BCP ratifica su compromiso con el desarrollo de un sistema de pagos ágil, eficiente y seguro, que garantice la seguridad de las operaciones, la protección de los intereses de los usuarios y, a la vez, promueva la competencia y la innovación en los servicios financieros.

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Itaipu inició llamado a licitación binacional para la instalación de su primera planta solar flotante

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La Itaipu inició el llamado a licitación binacional para la provisión, instalación y puesta en servicio de un sistema solar flotante de 1.000 kilowatts (kW) en el embalse de la Central Hidroeléctrica.

La iniciativa, que busca avanzar en la generación de energía eléctrica de fuente solar, se emprende de manera binacional, con el acompañamiento de los Parques Tecnológicos Itaipu (PTI) de ambas márgenes.

Según informó la Asesoría de Energías Renovables de la Entidad, la convocatoria está dirigida a consorcios de empresas paraguayas y brasileñas, respectivamente.

Se trata de una opción válida para la generación de energía eléctrica limpia y renovable a través de paneles solares flotantes que estarán emplazados en el embalse de la CHI. Esta acción puede ser aplicable también a otros cuerpos de agua de características similares.

El director general paraguayo de Itaipu, Justo Zacarías Irún, destacó la concreción de esta iniciativa encarada de manera binacional que contribuirá a diversificar la generación de nuevas fuentes de energía renovable y será muy beneficiosa para la Entidad.

Explicó que inicialmente se pensó en una planta de 10 MW de potencia, pero finalmente el Directorio Ejecutivo autorizó que se emprenda una primera fase con una capacidad de 1.000 kW.

“La planta solar flotante que se instalará en una parte del embalse será una de las más importantes en la región y la mayor del Paraguay. Esto nos va a permitir ir identificando y entendiendo, no solamente el componente de generación, sino el sistema de acompañamiento, el monitoreo y los costos más aproximados, que solamente los estudios que se irán haciendo nos darán para hacer una aplicación práctica del emplazamiento. También ayudarán a identificar los distintos parámetros ambientales y energéticos”, recalcó el director general.

Igualmente, añadió que conocer los costos reales es clave para determinar la optimización de la zona de montaje o aumentar el tamaño de la planta, además de la capacidad y potencia. En cuanto a la generación anual, señaló que la idea es que la planta solar produzca aproximadamente entre 1.800 a 2.000 MWh de energía al año y que será para uso interno del área prioritaria de ITAIPU.

Llamado binacional

Igualmente, el titular de la Margen Derecha puntualizó que el llamado es abierto para consorcios de empresas tanto de Paraguay como de Brasil. “Se trata de un proceso binacional, las especificaciones técnicas necesarias para el llamado a licitación fueron construidas en conjunto con la Margen Izquierda”, remarcó.

El plazo para la instalación de la planta solar flotante es de unos 4 meses, una vez que sea adjudicada. Si no hay mayores inconvenientes se estima que incluso dentro de este año ya podría estar montada la planta flotante con fase experimental y luego entraría la etapa de acoplamiento y verificación de sus sistemas SCADA y monitoreo.

Según informaron desde la Asesoría de Energías Renovables de la Entidad, dentro del primer trimestre del próximo año sería la puesta en operación para conexión a los sistemas. En cuanto a la ventaja de la planta solar flotante, señalaron que no se requiere alterar el entorno natural de las áreas protegidas para su instalación, factor que se quiere aprovechar y explotar. Igualmente, indicaron que el área a ser ocupada en esta primera fase es menos de 1 hectárea.

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Nacionales

Los paraguayos empiezan su participación en los Juegos Olímpicos de París

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El Team Paraguay interviene desde este miércoles en la justa deportiva mas importante del mundo, que se realiza en Francia.

El primero en debutar será el equipo de futbol masculino, que a partir de las 13:00 horas enfrenta a Japón.

Luego entrarán en acción Gabriela Narváez en judo, Luana Alonzo en Natación y Javier Insfrán en remo que lo harán el sábado 27 de julio en distintos horarios.

Posteriormente, competirá la selección de vóley de playa que el 29 de julio jugará ante Canadá.

Mateo Matheos en natación y Fabrizio Zanotti en golf aparecerán el 1 de agosto y Henia Hiebert competirá en atletismo el 2 de agosto.

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